En este post, trataremos de darle unas nociones básicas para indicarle cómo se debe de actuar en caso de sufrir un ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN/TRÁFICO, pues en muchas ocasiones, por la falta de información o ante el miedo sufrido, no actuamos como es debido, complicando de esta manera la futura reclamación de daños personales o materiales a la compañía aseguradora.
Lo primero de todo, es permanecer tranquilo y verificar el estado de todos los involucrados en el accidente. Ya que, según el estado de estos tendremos que llamar a emergencias para que nos atiendan lo antes posible.
En relación con lo anterior, en el caso de que hayan lesionados graves o nos encontremos con implicados que mantienen una actitud agresiva o no colaboradora, hay que llamar inmediatamente a la Policía Local o Guardia Civil para que se haga cargo de todo y realicen el correspondiente Atestado.
Si no se encuentra en el supuesto del apartado anterior, redacte un parte amistoso, junto con el resto de implicados, en el que se contenga la fecha, hora y lugar del siniestro, datos del contrario -incluyendo nombre y apellidos del conductor y propietario, NIF, domicilio, teléfono, matrícula, marca, modelo, compañía de seguros, número de póliza y aquellos otros que sean de interés, es decir, todos los datos posibles. Asimismo, debe hacerse una descripción exacta de lo sucedido y de los daños sufridos por cada uno, en caso de no estar de acuerdo con el parte NO FIRME éste.
En CASVER Abogados le recomendamos que incluso fotografíe los vehículos para dejar constancia de los daños de estos, así como de objetos rotos (gafas, casco, chaquetas…), ya que, debido a los Smartphone de los que hoy disponemos, nos resultará fácil realizar fotografías, que nos ayudarán a acreditar el siniestro en caso de controversia con las otras partes implicadas.
Es importante que tenga presente que, incluso cuando aparentemente no tenga lesiones, es recomendable acudir a un centro médico para que le reconozcan. Los informes de urgencias y toda la documentación médica será determinante a la hora de reclamar por sus lesiones y secuelas. Es más ES IMPRESCINDIBLE que acudan a URGENCIAS, ya que dispone de 72 horas para acreditar que determinados daños personales que sufre son a consecuencia del siniestro ocurrido.
No olvide tomar nota de los testigos y datos que faciliten su futura localización, sobre todo si son presenciales, incluso en el caso de que haya intervenido alguna autoridad, pues en ocasiones descuidan tomar datos y declaraciones a testigos y luego resultan ser necesarios.
Después del accidente debe dar parte a su compañía de seguros con todo lo sucedido, tanto si hizo declaración amistosa como si no la hizo.
Debe tener en cuenta que en estas reclamaciones se cuentan con plazos tanto por vía penal como civil: reclamación por vía penal prescribe a los seis meses desde la fecha del accidente, mientras que para la reclamación por vía civil el plazo es de un año.
Póngase en contacto con CASVER Abogados para analizar su caso en particular.